Hablar del fenómeno indeseable no es algo nuevo, ni es el enemigo único, porque siempre va acompañado de otros componentes encubiertos como el tráfico de armas y el narcotráfico, que sin duda financian sus métodos de ataque deliberado en contra de inocen
Cartas al Director
Si la citada norma positiva no ha sido modificada, desconociendo la voz de cierta parte de la ciudadanía que aboga por el denominado matrimonio igualitario, cabe preguntarse si será realmente viable que se materialice la verdadera voluntad política.
Eugenio Poveda V.
La votación para definir el mecanismo al igual que la elección de los delgados, debiese ser obligatoria y no voluntaria, si lo que se quiere y requiere es obtener la mayor legitimidad en este proceso.
Emilio Oñate V.
Una lectura más rigurosa del Acuerdo nos permite identificar grietas que evidencian problemas de composición y funcionamiento del órgano que redactará la nueva Constitución.
Gustavo Poblete E.
Debido a la escasa discusión pre legislativa que tuvo este proyecto, pensamos que este es el momento de convocar a una mesa técnica, que logre generar un debate técnico, represente a la sensibilidad social, y que sugiera incorporar aspectos de importancia
Gonzalo Polanco Z.
Los instrumentos de reforma constitucional establecidos en el Capítulo XV de la Carta de Derechos chilena poseen un carácter limitado, ya que circunscriben cualquier iniciativa al Presidente de la República o a los miembros del Poder Legislativo.
Francisco Sanz S.
Todos se reclama desde una perspectiva materialista por una sociedad carente de espiritualidad y o digo religiosa, sino humanamente sana.
MAURICIO COZZI
Si se busca que sea un impuesto recaudador, creo que su inclusión va a decepcionar: en la generalidad de los países en los que se ha establecido este tipo de impuesto la recaudación no alcanza al 1% del PIB.
Gonzalo Polanco
Considero que el inicio de un «proceso constituyente» es la vía más idónea y compatible con la democracia para enfrentar la actual crisis político-social que vive Chile.
Jorge Astudillo M.
¿Puede el militar reclamar la objeción de conciencia y negarse a cumplir con la orden de su superior? ¿Se encuentra ello amparado por nuestro ordenamiento jurídico?