Quisiera referirme a dos aspectos de relevancia legal y nacional. Como todos saben, pese a estar prescrito, por ley, los hechos perpetuados por cualquiera de las partes en 1973 (por el tiempo transcurrido); además de haberse aplicado una ley de amnistía donde fueron favorecidos por el Gobierno Militar, en 1978, un poco más de 9.600 terroristas, sin contar los indultos, y no haberse beneficiado – en lo general- ningún militar o policía, sino muy por el contrario existen más de 400 presos entre Punta Peuco, Colina 1 y cárceles de mujeres miles de procesados y condenados y se espera que aumenten, se quiere hacer pública la comisión Valech. Esta comisión permitió a cualquier persona que se sintiera atropellada en sus derechos humanos, acudir y dar a conocer su versión, estableciéndose un secreto de lo declarado por 50 años atrás (ley 19.992), información relativa a la práctica de la tortura durante la dictadura.
Nuestra Constitución establece en el inciso final del Art. 7º “Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas puede atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los expresamente le hayan conferidos en virtud de la constitución o las leyes continúa señalando, “Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale”.
Es obvio, que nuestra carta magna, no admite comisiones como la Rettig, Valech y otras, pues son contrarias a la constitución, además de no cumplir los requisitos mínimos del debido proceso, como es, entre muchos otros la bilateralidad de la audiencia.
Otro es aspecto que no es menor, sino por el contrario, existe un sin número de conscriptos que les correspondió cumplir el Servicio Militar Obligatorio, donde los nombrados han sido condenados a altas penas. Hace algunos días, falleció de cáncer el ex conscripto Gabriel Dittus Marín (QEPD), del Regimiento Tucapel de Temuco, después de haber sido enjuiciado por el ministro en visita Álvaro Mesa Latorre, el hecho ocurrido hace más de 50 años atrás, cuando el soldado tenía 18 años de edad, o sea era menor de edad, cumplía una obligación impuesta por el Estado. No cabe duda que su cáncer terminal lo contrajo producto del estrés permanente por tantos años, de tortura física y psicológica, sin los recursos para contratar un abogado tal vez sin la experiencia requerido lo que finalizó con una condena de “cadena perpetua” sin merecerlo, o sea lo condenaron siendo un joven sirviendo a la patria a una pena de muerte, sin la defensa qué debió recibir desde el Ministerio de Defensa, pasando por la Dirección de Movilización Nacional y el Ejército, todo lo contrario, al igual que muchos los militares procesados quedaron abandonados, como si hubieran sido montoneros o guerrilleros. Para los bienes nacidos, para los que quieren el Ejército, es una vergüenza nacional.
Habrá que motivar mucho los que se interesen por hacer el servicio militar.
Gabriel Fuentes Campusano
Abogado