CS confirma sentencia que acogió protección deducida por funcionaria de la salud en contra de la Municipalidad de Vicuña por terminar anticipadamente su contrato.
Si la recurrida decidió poner término al vínculo con la actora, debió haber invocado alguna de las causales de expiración taxativamente previstas en el artículo 48 de la Ley N° 19.378.