Los recurrentes sostienen que la actuación del municipio genera una diferencia arbitraria en perjuicio de los locatarios comerciantes del lugar, que implica una prohibición total de ejercer una actividad económica lícita. Además, la medida adoptada carece de proporcionalidad, y afecta en la esencia derechos asegurados por la Constitución.
Amparo Económico
Clausura de restaurante se justifica por venta de bebidas alcohólicas sin contar con patente de alcohol. Recurso de amparo económico rechazado.
Terminal Pesquero incurre en autotutela ilícita al limitar acceso de clientes a restaurante de arrendatario con el cual tiene disputa jurídica que fue resuelta por juez árbitro y que se encuentra en fase de cumplimiento.
Negativa a renovar patente de alcoholes a botillería por motivos de seguridad pública es arbitraria e ilegal, resuelve la Corte Suprema.
Internación provisional no puede ser decretada sin formalización previa, resuelve Corte de Puerto Montt.
Resultaba procedente que se comunicaran los cargos al curador ad-litem designado, y luego de ello se discutieran eventualmente medidas cautelares o una internación provisional, lo que no ocurrió.
Negativa de la Municipalidad de los Vilos para renovar concesión de pérgola gastronómica a hijo de concesionaria fallecida no es arbitraria ni ilegal, confirma la Corte Suprema.
La decisión adoptada por el municipio se encuentra debidamente fundada y se sustenta en antecedentes de hechos plausibles, teniendo además el Concejo Municipal facultades suficientes para resolver como lo ha hecho.
Negativa del administrador de un condominio de permitir el acceso al personal de una constructora propietaria de varios departamentos ubicados en el conjunto habitacional es una actuación de autotutela ilícita.
Entorpece el giro comercial de una constructora que además se encuentra en un proceso de reorganización judicial, lo cual hace imperioso la venta de sus activos para satisfacer los créditos de sus acreedores.
Recurso de amparo económico es un mecanismo de tutela jurisdiccional destinado a amparar a los particulares en su derecho a la libertad económica cuando ella resulte afectada por la actividad del Estado.
El recurrente reclama de la actuación de un particular, como es la Sociedad Administradora del Terminal Pesquero S.A., en relación a la ejecución de un contrato de arrendamiento.
Amparo económico no resulta la vía idónea para cuestionar informes del Banco Central y medidas que adopta el Presidente de la República en materia económica, por lo que acción es inadmisible.
El reclamante no especifica de qué forma tales medidas puedan afectar la garantía de libertad económica amparada por la Ley 18.971.
No existe arbitrariedad ni ilegalidad en multa impuesta a empresa que infringió normas de higiene y seguridad, aprueba la Corte Suprema.
No puede imputarse a la SEREMI el mal pasar económico del recurrente, pues son consecuencias de su actuar y de no ajustar sus conductas al marco regulatorio aplicable. No obstante, la SEREMI consideró situaciones como la pandemia y un incendio que lo afectó para reducir la multa en dos oportunidades.
Municipalidad que anuló una patente comercial de depósito de alcoholes por el no pago semestral correspondiente, actúa conforme a derecho.
El recurrente solicitó una prórroga del plazo de pago en la Municipalidad, fundado en que habría sido víctima del robo de sus datos bancarios, sin embargo, el ente edilicio rechazó la solicitud, por no existir antecedentes concluyentes que demuestren que la omisión de pago no es imputable a su persona.
Corte Suprema declara admisible recurso de amparo económico interpuesto por comerciante de cigarrillos electrónicos en contra del ISP.
La Corte de Santiago deberá conocer la acción constitucional y pronunciarse sobre la misma, pese a negar su tramitación en primera instancia.
Recurso de amparo económico no es la vía idónea para resolver conflictos relacionados a gastos comunes, resuelve la Corte Suprema.
No se vislumbra una afectación a la garantía prevista en el artículo 19 N°21 de la Constitución. Además, el ordenamiento jurídico establece otras instancias –jurisdiccionales y proteccionales- para discutir estos asuntos.
Medidas adoptadas por el ISP en contra de distribuidor de cigarrillos electrónicos no son susceptibles de ser revisadas mediante amparo económico, resuelve la Corte de Santiago.
Dado que el ordenamiento jurídico le concede una serie de recursos administrativos ante la autoridad sanitaria para poner término la situación descrita.