Decisiones

No se advierte menoscabo.

CPLT acogió amparo de acceso a la información en contra el SII.

el derecho de acceso a la información no se restringe a los actos y resoluciones de los órganos del Estado, sus fundamentos, los documentos que les sirvan de sustento o complemento directo o esencial y los procedimientos que se utilicen para su dictación, sino que, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5º de la Ley de Transparencia, también se extiende a “…la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento..”, así también lo ha razonado de manera similar la CA, en la que ha confirmado la decisión dictada por el CPLT, relativo a la entrega de correos electrónicos.

22 de marzo de 2013
Es aplicable la causal de reserva o secreto.

CPLT rechazó amparo de acceso a la información en contra de la CONAF.

“…corresponde a un examen en un momento determinado y sobre la base de los atributos definidos por un mandante, todo lo cual dificulta medirlos en términos objetivos y supone la emisión de opiniones por parte de las consultoras dedicadas al reclutamiento de personal…, cuya claridad y asertividad es esencial para una debida prestación de sus servicios, tanto en el mundo público como en el privado, y de evidente utilidad para quienes deben decidir qué persona contratar”, constituyendo un “juicio de expertos”, difícilmente objetivable.

5 de marzo de 2013
Por no existir manifestación de disconformidad.

CPLT acoge amparo deducido en contra de Carabineros de Chile pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información, fundando en falta  de respuesta a una presentación a Carabineros de Chile, a través de la oficina de partes de la Central de Registro y Despacho de Correspondencia (CREDECAR) de dicha institución, en la que se solicitó información relacionada con el Cabo 2° don Walter Ramírez Inostroza, […]

14 de enero de 2013
Solicitante no ha manifestado su disconformidad con la respuesta.

CPLT acoge amparo deducido en contra de la Municipalidad de Concón pero tiene por cumplida la obligación en forma extemporánea.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la Municipalidad de Concón, por no recibir respuesta a su requerimiento de solicitud de información relativa al monto que dicho Municipio gastará en publicidad en los meses de julio, agosto septiembre y octubre de 2012 en comparación a los mismos meses de los últimos […]

8 de enero de 2013
Por estimar que la información requerida contribuye al control social.

CPLT acogió amparo de acceso a la información en contra la Municipalidad de Vitacura.

«la privacidad de los funcionarios que trabajan para la Administración del Estado, es más reducida que la del resto de las personas, y considerando la decisión adoptada en otros reclamos relacionados a este, concluye que la información requerida tiene el carácter de pública, por lo que su divulgación favorece el control social respecto de materias asociadas estrechamente al desempeño funcionario».

27 de diciembre de 2012
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