CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información y ordena a Gendarmería de Chile hacer entrega de nómina de reclusos muertos en centros penitenciarios.
La Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, “no resulta aplicable al caso de la especie, por cuanto una persona fallecida no es titular de datos personales”, ya que por el “hecho jurídico de la muerte ha dejado de ser persona, según se colige de los artículos 55, 74 y 78” del Código Civil.