CS revocó sentencia y acogió protección deducido por Instituto Profesional contra Oficio del CNE que declaró inadmisible apelación deducida contra resolución que la acreditó por dos años.
La Corte Suprema señaló que, el órgano recurrido al resolver como lo hizo, a la luz de lo ahora resuelto por el Tribunal Constitucional, incurrió en una ilegalidad que importó la vulneración de la garantía de igualdad ante la ley.