Corte Suprema confirmó sentencia que rechazó protección en contra de senador Navarro por dichos en contra de Asociación Gremial
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3, 21 y 22.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3, 21 y 22.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2 y 3.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt expresó que, resultó necesario concluir que la víctima del fraude fue el recurrido y no el recurrente.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 3 inciso quinto y 24.
El Tribunal de Alzada indicó que, no habiéndose expedido el Decreto Supremo que resuelva la concesión ni el respectivo contrato, solo existió una mera expectativa del recurrente, que no constituye derecho.
El Tribunal de Alzada indicó que la solicitud del recurrente no mereció reproche de ilegalidad o arbitrariedad alguna, no concurriendo en la especie el primero de los presupuestos previstos en el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental que permitan hacer lugar al recurso.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2 y 24.
La recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución Política de la República.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 3 y 12 de la Constitución.
El Tribunal de Alzada indicó que, la sanción aplicada no es adecuada ni proporcional a los hechos que se tuvieron por establecidos.