CPLT acogió amparo de acceso a la información en contra del Ministerio de Educación.
que dicha conducta del órgano, implicó una vulneración a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Transparencia, como también una dilación indebida del procedimiento de acceso a la información, infringiendo con ello el principio de oportunidad que lo inspira, consagrado en el artículo 11, letra h), del mismo cuerpo legal.