Consejo para la Transparencia

Decisión del CPLT.

Municipalidad de Macul debe entregar información en formato accesible sobre giftcards entregadas a sus vecinos durante la pandemia.

En virtud del artículo 17 de la Ley de Transparencia la información solicitada se entregará en la forma y por el medio que el requirente haya señalado, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional, casos en que la entrega se hará en la forma y a través de los medios disponibles.

5 de junio de 2023
Recurso de queja acogido.

Corte de Chillán debe tramitar reclamo de ilegalidad en contra de Fiscalía del Ministerio Público que negó el acceso a información que le fue solicitada.

Si bien la Ley de Transparencia es aplicable al Ministerio Público como órgano constitucionalmente autónomo, no se encuentra sujeto a la Fiscalización del CPLT. Ahora, si la Fiscalía niega información a un interesado, este puede interponer reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en el plazo de 15 días corridos.

18 de mayo de 2023
Páginade 113