Dictámenes

Feriado legal pendiente.

CGR determinó que funcionarios públicos que se incorporen sin solución de continuidad a un municipio desde otro organismo de la administración del estado tienen derecho a que se les reconozca el tiempo servido en este para efectos de impetrar el feriado.

El ente contralor adujo que un cambio en el régimen estatutario no puede implicar un impedimento o merma para gozar del feriado, porque se trata de desempeños como empleados públicos para la Administración del Estado.

14 de enero de 2020
Descuentos.

CGR establece que descuentos por atrasos y ausencias injustificadas de servidores contratados a honorarios deben calcularse sobre el monto de los honorarios brutos previas deducciones legales.

El ente contralor adujo que en caso de atrasos o ausencias injustificadas los descuentos que se deben efectuar sobre sus estipendios, de forma análoga a lo que ocurre con los funcionarios sujetos al Estatuto Administrativo, deben ser calculados sobre la totalidad de sus remuneraciones.

13 de enero de 2020
Páginade 234