La obtención de un permiso de edificación no resulta suficiente para que el titular pueda iniciar la ejecución de un proyecto o actividad, si son de aquellos que deben ser sometidos al procedimiento de calificación ambiental.
En tal caso, también requerirán obtener la pertinente RCA favorable para efectos de otorgar la recepción definitiva, de acuerdo a lo previsto en el artículo 25 bis de la Ley 19.300, y caso de ser procedente efectuar una consulta indígena.