Dictámenes

Ley 21.308.

No puede exigir a los postulantes a un concurso interno requisitos adicionales a los previstos en llamado que inició el proceso, dictamina la Dirección del Trabajo.

Las exigencias deben transparentarse de forma oportuna en la etapa del proceso concursal que corresponda, lo que en el concurso reprochado no sucedió. Respecto a la renuncia anticipada solicitada por la Corporación de Desarrollo Social de Til Til, la Dirección señala que dicha entidad no se encuentra facultada para exigirla.

11 de marzo de 2023
Contraloría General de la República.

No corresponde que el Servicio Mejor Niñez persiga la responsabilidad de niños, niñas y adolescentes sujetos de su cuidado, por hechos cometidos en contra de sus funcionarios.

No obstante, deberá arbitrar todas las medidas de índole preventivo para resguardar la vida, la integridad física y psíquica y la honra de sus funcionarios, las que deberán ser compatibles con la protección del interés superior del niño, en los términos anotados en el dictamen.

9 de marzo de 2023
Páginade 234