CGR desestimó tomar razón de acto administrativo sobre pensiones no contributivas a favor de ex funcionarios de la U. de Chile.
No corresponde que la Universidad de Chile dicte la referida disposición, otorgando dicha concesión.
No corresponde que la Universidad de Chile dicte la referida disposición, otorgando dicha concesión.
Aceptar el sentido que sugieren los ocurrentes a la normativa en comento, sería otorgarle una interpretación errónea al mismo.
La superioridad deberá disponer la reapertura del procedimiento en examen, por cuanto no se encuentra agotada la investigación.
Expone la CGR que para la percepción de emolumentos es necesario un desarrollo real de las funciones.
El órgano contralor concluye –una vez más- que el accidente que le afectó al exfuncionario no fue a consecuencia de actos propios del servicio.
Concluye la CGR manifestando que la autoridad pertinente debe disponer la invalidación parcial del acto reclamado.
Se concluye que la medida disciplinaria de tres días de arresto impuesta al afectado, en los aspectos reclamados, se ajustó a derecho.
El dictamen rechaza la alegación relativa a que se habría dispuesto el alejamiento sin que previamente se tomara razón del pertinente acto administrativo.
La CGR señala que la convocatoria reclamada no revistió las características de un concurso público.
El requirente expone que, en el Informe final emitido con motivo de la auditoría realizada al CPLT, se observó un incumplimiento en relación con el envío de la información mensual realizado por el Consejo