Dictámenes

Dictamen N°56059 de 2016 de la Contraloría.

El reembolso de remuneraciones pagadas por períodos cubiertos por licencias médicas rechazadas o reducidas se puede efectuar desde que la COMPIN resuelva el reclamo o haya transcurrido el plazo para interponerlo, dictamina la Dirección del Trabajo.

No impide efectuar los descuentos el hecho de que el trabajador interponga un recurso ante la SUSESO, pues este es un órgano técnico fiscalizador y no el superior jerárquico de las COMPIN, por lo que las decisiones adoptadas por las respectivas Comisiones ya se encuentran firmes.

26 de enero de 2023
DFL N°2 de 1968 del Ministerio del Interior.

Descuentos a las remuneraciones del personal de Carabineros para la gestión administrativa de las viviendas que ocupa personal institucional, son procedentes, dictaminó el Contralor.

Tales recursos tienen por objeto satisfacer las necesidades de la gestión administrativa que desarrolla la DIBICAR, así como también la adquisición de materiales e insumos, tanto de remuneraciones de personal específico como de prestaciones de servicios básicos de las desocupadas por mantención o reparación sin usuario asignado y todos aquellos inherentes a la gestión.

24 de enero de 2023
Cargos de exclusiva confianza.

Exigir a los candidatos a representantes del Presidente en órganos colegiados de universidades del Estado condiciones éticas y adhesión al programa de gobierno no vulnera la presunción de inocencia ni constituye proselitismo político, dictamina el Contralor.

Requerir que los candidatos no estén involucrados en situaciones de acoso laboral/sexual se ajusta a la probidad administrativa, mientras que exigir sintonía ideológica resulta lógico para un nombramiento discrecional.

21 de enero de 2023
Recurso de casación en el fondo rechazado.

Dictamen de la Contraloría General de la República que rechaza la petición de un particular no reviste la calidad de acto administrativo que se pueda invalidar.

Un particular solicitó invalidar un dictamen de la Contraloría que rechazó su petición ejerciendo éste, en sede civil, la acción invalidatoria contemplada en el artículo 53 de la ley N° 19.880, la que no es procedente. El Contralor tiene la facultad de interpretar las normas legales y, eventualmente, cambiar sus criterios interpretativos.

20 de enero de 2023
Páginade 234