CGR establece que Unidad Administradora de los Tribunales Tributarios y Aduaneros no se encuentra facultada para otorgar certificados requeridos por el personal de esos tribunales.
El órgano contralor precisó que los Tribunales Tributarios y Aduaneros son órganos jurisdiccionales que, si bien no forman parte del Poder Judicial, tampoco integran la Administración del Estado.