Comisión Nacional de Acreditación no cuenta con facultades para prorrogar las acreditaciones otorgadas a carreras de acreditación obligatoria ni a programas de postgrado, salvo que el legislador lo prevea expresamente.
No obstante, la prórroga de las acreditaciones de dichos programas se encuentra prevista en el artículo 58 de la ley N° 21.526 hasta el 31 de diciembre de 2027, cumpliendo con los requisitos señalados en la norma.