CPLT acoge amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones.
“información relativa al propio solicitante y no habiéndose opuesto causal de reserva” por parte de la reclamada, accede al amparo a este respecto.
“información relativa al propio solicitante y no habiéndose opuesto causal de reserva” por parte de la reclamada, accede al amparo a este respecto.
“en circunstancias que la carga de la prueba de la concurrencia de una causal de secreto o reserva corresponde a quien la alega”.
“dicho órgano no cumple satisfactoriamente con las disposiciones relativas al registro, conservación y seguridad de las comunicaciones electrónicas entre órganos de la Administración del Estado y entre éstos y los ciudadanos, contenidas en el Decreto Supremo N° 77, lo que se ve ratificado por lo indicado en la respuesta dada a la reclamante y lo indicado en sus descargos, pues admite no contar con políticas de respaldo de los correos electrónicos de su personal”
“los organismos públicos que sometan a tratamiento datos personales relativos a condenas por delitos, infracciones administrativas o faltas disciplinarias, no podrán comunicarlos una vez prescrita la acción penal o administrativa, o cumplida o prescrita la sanción o la pena”, también denominado “derecho al olvido”, a lo que se suma que los terceros interesados no han consentido en su entrega.
“la información solicitada está constituida por documentos indispensables para la recepción final de una obra de edificación, cuya presentación y revisión es, precisa e inequívocamente, la base sobre la que se dicta la resolución que autorizará la recepción de una determinada obra”.
“datos estadísticos que, por lo demás, no revelan ni permiten inferir por sí solos el número total de bombas lacrimógenas anteriormente adquiridas por dicha institución –y aún no hayan sido utilizadas– ni otros elementos necesarios para su adecuado empleo y conservación”
debe rechazarse el alegato del municipio en cuanto a que la peticionaria es empleada de una empresa transnacional, que ofrece y vende un informe de coyuntura inmobiliaria, conforme al principio de la no discriminación que consagra el artículo 11 g) de la Ley de Transparencia.
La Cámara de Diputados, aprobó –por unanimidad- el proyecto de ley, iniciado por moción en mayo del año 2011, que tiene por objeto modificar el artículo 202 del Código Civil de manera tal que disponga “la acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento por vicios de la voluntad prescribirá en el plazo de […]
“defensa jurídica del Estado de Chile en el litigio pendiente”, el cual espera la declaración del Tribunal Superior de Ámsterdam.
Se dedujo una acción de protección en contra de dos particulares que, obrando en conjunto con otras personas no identificadas, habrían bloqueado, ilegalmente, la única vía de acceso de la recurrente o sus contratistas al proyecto minero denominado “Caserones”, lo que constituye un verdadero acto de auto tutela de los recurridos por su disconformidad con […]