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Non bis in idem.

TC declaró derechamente inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que permite a Jueces de Policía Local que sean abogados, a dictar prisión en ciertos casos, lo que vulneraría garantías del debido proceso y de la libertad personal.

En su resolución, la Magistratura constitucional sostuvo que concurren las causales de inadmisibilidad previstas en los numerales 5 y 6 del artículo 84 de la LOCTC, ya que el precepto legal impugnado no es decisivo en la resolución del asunto concernido en la gestión judicial invocada, y el requerimiento interpuesto adolece de falta de fundamento plausible.

16 de diciembre de 2020
Páginade 204