Administrador de edificio deberá abstenerse de cortar el suministro eléctrico a un paciente electro dependiente. Corte Suprema acoge recurso de protección.
Si bien el recurrido ejerció la facultad contemplada en la Ley 19.537, su aplicación vulneró el derecho a la vida y a la salud del actor, por lo que su actuar devino en ilegal y arbitrario.