CS revocó sentencia que había rechazado por extemporánea protección deducida contra una AFP por aumento de comisión y ordenó fallar el fondo del recurso.
El recurrente sostiene haberse vulnerado el derecho de propiedad.
El recurrente sostiene haberse vulnerado el derecho de propiedad.
El recurrente estimó infringidos la igualdad ante la ley y el debido proceso.
Las acciones de cobro deben desarrollarse en el marco legal, lo que no autoriza las prácticas abusivas.
De este modo, el máximo tribunal confirmó la sentencia de la Corte de Chillán.
De este modo, el máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte de Talca.
Surge incuestionable que las actuaciones objetadas, al formar parte del desarrollo de un sumario aún no acabado.
La acción intentada ha perdido oportunidad pues el hecho de encontrarse paralizadas las obras impide a esta Corte adoptar en la especie alguna medida sobre el particular.
Los recurrentes estimaron haberse vulnerado la igualdad ante la ley.
En la sentencia, se estableció el actuar arbitrario e ilegal de la empresa recurrida y le ordena cesar el acoso a que ha sometido a los recurrentes.
La recurrente estimó infringidos el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, el debido proceso y el respeto y protección de la honra de la persona.