Acción de Protección

"La libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y, por cierto, se encuentra limitada por el derecho al honor que les asiste a los recurrentes".

Corte de Temuco ordena a Asociación para la Paz y Reconciliación en La Araucanía eliminar publicación ofensiva en Facebook por afectar la honra y menoscabar a miembros del pueblo mapuche. 

El Tribunal de alzada acogió parcialmente la acción constitucional, tras concluir que las expresiones vertidas por la recurrida APRA, por medio de la red social, “sin otorgar una posibilidad de respuesta o contra argumentación de la contraria, no pueden tener por objeto sino afectar la honra de quienes son sindicados como ‘violentistas’, cuestión que en el caso concreto se verifica, toda vez que las expresiones vertidas importan un menoscabo a las personas de los actores”.

30 de abril de 2021
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