CS confirmó sentencia que rechazó protección contra colegio de Curauma por expulsar a un alumno de primer año básico.
De acuerdo al Reglamento Interno del colegio, se contempla la sanción de expulsión por agresión a funcionaria y compañeros.
De acuerdo al Reglamento Interno del colegio, se contempla la sanción de expulsión por agresión a funcionaria y compañeros.
La Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se acogiera la acción de protección deducida.
El recurrente estimó infringida la igualdad ante la ley, en su dimensión de la interdicción de la arbitrariedad y confianza legítima, y el derecho de propiedad.
La recurrente adujo haberse vulnerado el derecho a la integridad psíquica.
El recurrente estimó infringida su integridad física y psíquica, ya que se encuentra sumido en una profunda depresión producto del actuar injusto, ilegal y arbitraria del comité.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Aránguiz y Prado, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada.
Los recurrentes adujeron haberse infringido la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo, el derecho a desarrollar cualquier actividad económica y el derecho de propiedad.
La Corte Suprema concluyó revocando la sentencia apelada, y en su lugar dispuso que se acogiera la acción de protección deducida.
La Corte de Valparaíso expuso en su oportunidad que en el presente caso existe una discrepancia en la forma en que cada uno entiende el derecho de transmisión.
El recurrente indicó haberse vulnerado la garantía constitucional de igualdad ante la ley.