CS rechazó protección contra Municipalidad por otorgar patente municipal a empresa Portuaria.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de revocar el fallo apelado y acoger la acción de protección.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de revocar el fallo apelado y acoger la acción de protección.
Los recurrentes aducen que conservan su derecho a voto, según lo dispuesto en los artículos 16 y 17 de la Constitución Política.
El fallo concluye indicando que no se configura en la especie los presupuestos exigidos para que la acción de protección prospere.
El recurrente expuso que las decisiones de las recurridas son arbitrarias, porque ante una misma situación –múltiples licencias- resuelven de manera diversa, sin justificación alguna.
Los recurrentes aducen que el acto ilegal y arbitrario recaería en el proyecto de ingeniería básica definitiva y trazado vial.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la abogada integrante Sra. Latife, quien fue de la opinión de rechazar el presente recurso.
La sentencia concluye manifestando que el recurrido reconoce que para la custodia del imputado.
Dado que en la especie el Alcalde aplicó a la recurrente una medida distinta a la propuesta por la Contraloría, ésta debía limitarse a verificar que ello estuviese fundado.
Su lectura excedía del tiempo máximo de duración que establece la norma.
La Municipalidad recurrente sostuvo que se vulneraron las garantías constitucionales mencionadas en los artículos 1 y artículo 7 de la Carta Fundamental.