CS confirmó sentencia que acogió protección por corte de suministro eléctrico.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales del debido proceso y su derecho de propiedad.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales del debido proceso y su derecho de propiedad.
El recurrente estimó vulnerados el derecho a la integridad psíquica, la igualdad ante la ley, el debido proceso, la protección a la vida privada y a la honra, y la libertad de trabajo.
De este modo, el máximo tribunal confirmó el fallo de la Corte de Santiago.
Las recurrentes consideraron vulnerado el derecho a la propiedad.
La recurrente estimó vulnerados la igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de propiedad.
La recurrente adujo que se vulneró el derecho de propiedad.
Se ordenó a la recurrida renovar su contrata anual, procediendo al inmediato reintegro de la funcionaria, con todos sus derechos laborales.
El recurrente estimó vulnerados el debido proceso, el derecho de propiedad, derecho a la protección de la integridad psíquica de la persona y la libertad para emitir opinión.
La recurrente indicó que se infringió la igualdad ante la ley, ya que el actual de la recurrida,
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Sandoval, quien fue del parecer de confirmar el fallo en alzada.