Corte de Santiago rechazó protección contra Municipalidad de Santiago por clausura de local comercial.
La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Sebastián Hamel, quien estuvo por acoger el recurso deducido.
La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Sebastián Hamel, quien estuvo por acoger el recurso deducido.
Concluye la Corte de Santiago manifestando que no existe acto alguno reprochable a la recurrida que signifique una ilegalidad o arbitrariedad.
La facultad de poner término anticipado a los contratos de mantención de aseo en el área municipal y de salud, estaba expresamente contemplada.
La recurrente estimó infringida la igualdad ante la ley, ya que no existe motivo alguno para haber sido despedida.
La decisión fue acordada con el voto en contra de las Ministras Egnem y Sandoval, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos.
La recurrente estimó amenazado el derecho a la vida y la integridad física.
El recurrente estimó vulnerado el derecho a integridad física y psíquica, pues la actuación de las recurridas le ha generado perjuicios psicológicos.
Concluye el fallo que el Decreto Alcaldicio N° 1524/2016 atenta contra la garantía consagrada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política.
La recurrente estimó vulnerado el derecho a la privacidad e imagen, ya que las recurridas han permitido que sean subidos videos con frases calumniosa e injuriosas.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Fuentes y Aránguiz, quienes estuvieron por rechazar el recurso deducido.