CS rechazó protección y desestimó posibilidad de internos para sufragar.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien estuvo por revocar la sentencia.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien estuvo por revocar la sentencia.
Los recurrentes adujeron que la aprobación del referido plan de cierre temporal es de extrema gravedad.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Muñoz y Valderrama, quienes fueron de la opinión de revocar la sentencia apelada.
La sentencia fue apelada y se encuentra en estado de acuerdo ante la Corte Suprema.
Se puso a la recurrente en una situación de desigualdad respecto de los restantes trabajadores de la concesionaria.
La apelante esgrime que lo ordenado es contrario a la ley, toda vez que el procedimiento de seguridad está a cargo de funcionarios pertenecientes a las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien estuvo por revocar el fallo en alzada y en su lugar acoger el recurso de protección.
Concluye la Corte Suprema acogiendo la acción de protección solo para el efecto que la recurrida entregue un informe con los resultados de las pruebas realizadas.
El derecho de admisión debe usarse cuando existan motivos que justifiquen razonablemente la utilización de dicha facultad.
El fallo concluye sosteniendo que no resulta suficientemente justificada la necesidad de aplicar una medida tan gravosa como la suspensión del recurrente.