CS confirmó fallo de la Corte de Copiapó que acogió acción de protección deducida por un funcionario público a quien se desvinculó de su cargo por salud incompatible.
(…) se ha “acreditado que dicha autoridad ha resuelto prescindir del dictamen que precisamente puede incidir en la calificación de salud incompatible con el desempeño del cargo respecto del recurrente, dejándolo en la indefensión”.