Acción de Protección

Recurso de protección acogido, con voto en contra.

No se puede cancelar la matrícula a niña por enviar junto a compañeros un correo electrónico con contenido pornográfico a profesora, en razón del derecho a la educación que le asiste, resuelve la Corte Suprema.

El colegio no ha justificado adecuadamente la proporcionalidad, ya que aun estando en conocimiento del contenido de los informes psicológicos de la estudiante que acreditaban su necesidad de mayor apoyo por parte del establecimiento, procedieron a aplicarle la medida más gravosa y perjudicial a la alumna.

11 de enero de 2023
Recurso de protección rechazado.

No se advierte conducta ilegal o arbitraria del Director del liceo que tan pronto conoció la denuncia de abuso sexual activó el protocolo de actuación frente a agresiones y hechos de connotación sexual.

La madre de la menor también recurrió contra el Consejero Técnico del Tribunal de Familia local porque se habría negado al cambio de colegio que solicitó, lo que fue desestimado por la Corte ya que aquél únicamente presta apoyo en su especialidad a la labor del Juez, pero no toma decisiones.

11 de enero de 2023
Ley N° 18.834, artículo 160, inciso 1°, parte final.

Plazo de 60 días para reclamar a la Contraloría no resulta aplicable, pues el funcionario público no reclamó contra un acto que le haya negado algún beneficio remuneratorio, sino de aquel en cuya virtud el Registro Civil dispuso su desvinculación.

El recurrente de protección señaló que la declaración de extemporaneidad de su reclamo por la Contraloría era ilegal, por cuanto, al verse afectada su remuneración con el término anticipado de su contrata, el plazo aplicable era uno más extenso, argumento que fue desechado por la Corte.

11 de enero de 2023
Recurso de protección rechazado.

La emisión de ruidos molestos ha sido expresamente negada por el municipio y al existir una controversia la recurrente no cuenta con un derecho de carácter indubitado, resuelve la Corte Suprema.

No consta elemento técnico alguno que permita concluir que los hechos relatados, verificados hace más de cuatro años por la Superintendencia, y que fueran motivo del procedimiento contencioso administrativo sancionatorio iniciado por dicha entidad se hayan mantenido efectivamente hasta a la fecha.

9 de enero de 2023
Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Proyecto inmobiliario debe ser paralizado mientras no obtenga la aprobación medioambiental aun cuando no se ubique sobre o en el humedal de Tunquén por quedar comprendido en el área futura del humedal urbano cuyo reconocimiento se ha solicitado.

El lugar en el que se proyectan las obras, afecta negativamente el ecosistema del sector, vulnerándose de esta manera el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, siendo deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

6 de enero de 2023
Páginade 612