CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia deducido en contra de la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentado por vendedora de revestimiento de pisos.
El máximo Tribunal no hizo lugar al arbitrio especial, debido a que la sentencia impugnada no emitió pronunciamiento sustancial relacionado con la materia de derecho que se pretende unificar.