No procede declarar inadmisible ofertas en una licitación pública, aun cuando ambas fueron presentadas por uniones temporales de proveedores que compartían un mismo agente económico.
La actora quedó tercera en el proceso licitatorio, de manera que, declarando inadmisibles las dos ofertas aludidas, quedaría en posición de adjudicarse la concesión del servicio de mantención de áreas verdes en la comuna de San Bernardo.