CS acoge casación en contra de sentencia que rechazó demanda de cobro del Fisco por traslado de redes de servicios.
“existe una relación jurídica entre el particular y el Estado, relación que el tercero, como lo es la demandada, no puede desconocer, puesto que entonces no se justificaría que hubiera procedido al traslado de sus instalaciones, sólo porque lo disponía un ente privado, sino que evidentemente lo hizo porque reconocía en esta obligación la fuente legal de la cual emanaba y el carácter público del órgano que se relacionaba con la Sociedad Concesionaria”.