Recursos especiales

El reclamo debe sustanciarse ante juez competente.

CS conociendo de recurso de casación en el fondo retrotrae procedimiento al estado de proveer una reclamación tributaria.

“dando directa aplicación al principio de supremacía de la Carta Fundamental, por cuanto ello resultaría improcedente en nuestro ordenamiento jurídico constitucional que establece al Tribunal Constitucional como único contralor de la constitucionalidad de las leyes, además de introducir un factor de incertidumbre jurídica inaceptable con el buen orden institucional, por cuanto, además, en nuestro sistema la jurisprudencia de los tribunales superiores no es obligatoria para los inferiores”.

7 de junio de 2012
No es la vía para pronunciarse sobre la condena en costas.

CS desestima recurso de casación en el fondo contra sentencia de Corte de Concepción que confirmó demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio.

“en lo que respecta a la condena en costas a la que fuera sentenciado el recurrente cabe recordar, como reiteradamente lo ha señalado esta Corte, que dicha carga constituye un pronunciamiento distinto de aquel que resuelve el objeto principal del juicio”

5 de junio de 2012
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