TRICEL se pronunciará respecto de nueva reclamación de ex candidato a concejal sancionado por infracción a ley de gasto electoral.
El recurrente señala que por ignorancia no utilizó dicho sistema, por lo que solicita que se reconsidere la multa.
El recurrente señala que por ignorancia no utilizó dicho sistema, por lo que solicita que se reconsidere la multa.
El recurrente señala que por ignorancia no utilizó dicho sistema, por lo que solicita que se reconsidere la multa.
Las recurrentes aducen que se les ofreció hacer la declaración de gastos desde la oficina central del Partido por la Democracia.
La resolución que anula todo lo obrado de oficio estaría negando la posibilidad de rendir prueba.
Señala la reclamante que fue un error no haber incorporado el gasto al sistema de recepción de aportes del SERVEL, pero aduce que no actuó de mala fe.
La libertad de asociación, como derecho fundamental, debe recoger para sí criterios hermenéuticos que den cuenta de la necesidad de recibir una interpretación y aplicación amplia.
La resolución impugnada establece que el denunciado infringió la ley ya referida pues existió una donación de una vaquilla.
Se recurre contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Región de Los Ríos, que acogió la reclamación interpuesta por el Consejo Regional de Los Ríos.
El recurrente expone que la multa impuesta es injustificada, por cuanto la respuesta a las observaciones formuladas por el SERVEL fue completa y suficiente.
La reclamante sostiene que lo acontecido obedecería a un error a causa de desconocimiento del procedimiento de declaración de gasto electoral.