Corte de Santiago acoge reclamo de ilegalidad por acceso a información pública, deducido por Asociación de funcionarios de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte.
«Se hace necesario señalar que la publicidad es el principio de orden general que rige los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que se utilicen. Principio de orden constitucional al cual deben subordinarse las leyes y reglamentos, permitiéndose como excepción solo los casos expresamente establecidos en la propia Constitución y los que la ley fije, en cumplimiento al mandato constitucional establecido en el artículo 8° inciso 2° de la Carta Fundamental.”