CS confirma inadmisibilidad de acción de protección deducida en contra de la Academia Judicial y de Consultora por excluir al recurrente de ingresar a programa de formación.
El actor estimó amenazada su integridad psíquica y afectadas las garantías consagradas en los N°s 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.