CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra MOP por no trabar embargo sobre dineros que ex empleadores deben a recurrentes.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso.
La Corte Suprema señaló que, del mérito de los antecedentes aparece que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
La Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso.
La recurrente considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
Se estimó que en la presentación efectuada en estos autos, no aparece que se hayan mencionado hechos que eventualmente puedan constituir una vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
Los recurrentes, sostuvieron que el acuerdo suscrito por los recurridos es un acuerdo entre privados.
Máximo Tribunal señaló que no es admisible invadir las funciones de otro órgano establecido en funciones particulares por el constituyente.
La Corte declaró que los hechos descritos ya estaban en conocimiento de un Tribunal competente.
La Corte Suprema sostuvo que, la revisión de la sentencia dictada por el TC en el marco de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad atenta contra la congruencia y unidad que debe tener la Carta Fundamental.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 3 inciso quinto y 24.