TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del Estatuto Administrativo y la LOC de Bases Generales de la Administración del Estado.
«según consta en la documentación acompañada, el sumario administrativo dirigido contra el requirente finalizó mediante pronunciamiento firme, que fuera expedido por el Ministro de Hacienda, configurándose de esta manera la causal de inadmisibilidad contenida en el número 3° del artículo 84 de la LOCTC».