Corte Constitucional de Colombia determinó que reconocimiento de capacidad legal de personas en situación de discapacidad y el establecimiento de apoyos para que puedan expresar válidamente su voluntad, resultan acordes con el modelo social incorporado en el ordenamiento constitucional.
La Magistratura constitucional colombiana recordó que el modelo social de discapacidad incorporado al ordenamiento constitucional exige derogar todos aquellos mecanismos legales que sustituyen la capacidad legal de las personas en condiciones de discapacidad.