Inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios en caso en el que se rechazó candidatura al cargo de Concejal se declaró inadmisible.
Concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 3 del artículo 84 de la LOCTC, en atención a que la gestión ha concluido su tramitación, no existiendo una gestión judicial pendiente.