TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que obligaría a persona a pagar una factura que se basa en un servicio que no habría sido contratado.
La Primera Sala señaló que ha arribado a la conclusión de que, en la especie, concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, ya que la acción deducido no da cumplimiento a la exigencia constitucional y legal de encontrarse razonablemente fundada.