Se admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que le impide a empresa alegar el abandono del procedimiento, en causa en la que es demandada ejecutivamente por una AFP.
Se afecta la garantía constitucional del debido proceso, no siendo racional ni justo que, en la gestión pendiente, no pueda alegarse el abandono del procedimiento, cuando ha existido inactividad de la parte demandante y del Tribunal durante un plazo superior a 3 años.