CC de Colombia determinó que días sin IVA y otros alivios tributarios decretados en el marco de la emergencia, son constitucionales, e inciden en la reactivación económica del país.
La Magistratura constitucional colombiana adujo que las tres medidas son transitorias, se encuentran sometidas a límites y requisitos, así como a controles para su aplicación, además de no comportar un gran desmedro al recaudo del presente año fiscal.