TC declaró derechamente inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que impide presentar recurso de casación en la forma en juicios de Policía Local, lo que infringiría garantías de igualdad ante la ley y debido proceso.
En su resolución, la Magistratura constitucional sostuvo que concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 3 del artículo 84 de la LOCTC, esto es, la inexistencia de una gestión judicial pendiente.