Tribunal Constitucional

Principio de publicidad.

CC de Colombia determinó que jueces que restrinjan justificadamente acceso a juicios orales deben comunicar lo acontecido mediante otros instrumentos de información.

La Magistratura constitucional colombiana adujo que la facultad legal del juez penal para establecer, mediante auto motivado, restricciones al principio de publicidad en la etapa del juicio oral por motivos del interés de la justicia no desconoce la libertad de información ni el derecho de participación.

6 de octubre de 2020
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