Tribunal Constitucional

Código Procesal Penal

Normas que imponen la condena en costas al abogado querellante por desconocimiento del derecho o negligente gestión, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

El letrado objeta -entre otros- el artículo 50 del Código Adjetivo, asilándose en la Convención de la ONU contra la corrupción, tratado internacional ratificado por Chile y que se encuentra vigente, que prohíbe la condena en costas contra el abogado querellante y la víctima que denuncien delitos de corrupción, como en la especie, la prevaricación de los funcionarios de tribunales civiles.

7 de julio de 2023
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