Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que impide suspensión de juicio oral a efectuarse mediante videollamada.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.
Los Ministros García y Pozo estuvieron, con anterioridad, por declarar el requerimiento inadmisible, en atención a que el conflicto constitucional es ajeno a la acción de inaplicabilidad, plateando un problema de determinación del espectro normativo de la ley en el tiempo.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Silva, quien estuvo por declarar inadmisible el requerimiento, por configurar la causal prevista en el numeral 6 del artículo 84 de la LOCTC.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Osorno.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante la Corte Suprema, por incidente especial de recusación.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Santiago.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.