Tribunal Constitucional

En fallo unánime.

TC rechazó inaplicabilidad que impugnaba norma que permitiría a juez laboral estimar hechos como tácitamente admitidos en caso de que demandado no los negara expresamente.

En su sentencia, expone en síntesis la Magistratura Constitucional que la normativa es homologable a la existente en materia civil en juicio de lato conocimiento, donde al no existir controversia el juez está facultado para tener por admitidos los hechos dado que no existe controversia en cuanto a ellos.

15 de marzo de 2020
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