«Caso Ministros de Rancagua»: TC declaró inadmisible requerimiento que impugnaba normas que incidirían en procedimiento disciplinario.
La resolución será expedida dentro del plazo de tres días.
La resolución será expedida dentro del plazo de tres días.
Se impugna el artículo 1° inciso tercero, en relación con el artículo y 485 del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos sobre cobro de cotizaciones previsionales seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre sobre reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, y cobro de prestaciones laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en autos laborales de cobranza, en actual conocimiento de la Corte de San Miguel, por recurso de hecho.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de reclamación, de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
La gestión pendiente incide en autos sobre casación en la forma y en el fondo de que conoce la Corte Suprema.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Juzgado de Letras de Constitución, en actual conocimiento de la Corte de Talca, por recurso de apelación.
La gestión pendiente incide en un reclamo de ilegalidad, de que conoce la Corte de Santiago.