TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que regula procedimiento de demanda colectiva de consumidores.
El TC sostuvo que en la especie concurre la causal de inadmisibilidad del numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, ya que la acción deducida no da cumplimiento a la exigencia constitucional y legal de encontrarse razonablemente fundada.